y decía entre otras cosas las siguientes:
1.- La
Ley de Dependencia reconoce a todas las personas que dependan de otra para
realizar las actividades básicas de la vida diaria el derecho subjetivo a ser
valoradas y a recibir prestaciones (económicas y de servicios) según su grado y
nivel de dependencia. En otras palabras, con esta Ley, cualquier persona que
necesite vivir en una residencia geriátrica o recibir ayuda en su casa, la tendrá
a cargo del erario público aunque tendrá que “co-pagar” una parte
2.- Lo
cierto es que ha llegado el momento de aceptar que existen serias dificultades
y de tomar decisiones desagradables pero necesarias para capear el temporal y
salvar el sistema de atención a la dependencia
3.- Quizás
la opción más audaz, y por ello menos probable, sería que los dos grandes
partidos se sentasen y llegasen a un acuerdo que permitiese salvar el proyecto
desde una perspectiva amplia ahorrándonos a los ciudadanos polémicas estériles
4.- El
acuerdo podría contener los siguientes puntos:
- Modificación de la disposición adicional primera de la Ley....... Esto supondría aplicar un a moratoria
atendiendo durante los próximos años a los dependientes con mayor afectación y
dejando para una segunda fase a los demás.
- Redacción del Real Decreto de copago basándose en los siguientes puntos:
- Separación clara de los costes de manutención-hoteleros de los que son estrictamente de dependencia. En principio el sistema de atención a la dependencia no debería cubrir costes de manutención-hoteleros.
- Establecimiento de un sistema de copago que, en determinados niveles de renta permitiese el pago del 100% del precio de referencia.
- Exclusión de las prestaciones económicas para dependientes con un nivel de renta superior a unos límites establecidos.
- Establecimiento de un sistema de “resarcimiento” mediante el cual la administración pudiese recuperar a la muerte del dependiente una parte del dinero pagado para su cuidado personándose en la sucesión como interesado con un crédito preferente. Habría un mínimo exento y un porcentaje máximo.
- Establecimiento de un copago de los familiares obligados a prestar alimentos a la persona dependiente. Éste dependería del grado de parentesco, capacidad económica y cargas familiares habiendo siempre mínimos exentos. Podría establecerse un mecanismo para que los obligados pudiesen negarse al copago familiar, mecanismo que conllevaría la incapacidad para poder recibir donaciones o heredar del dependiente.
- Se trata de medidas reversibles que supondrían aumentar las posibilidades de sostenibilidad del sistema en estos tiempos de crisis y que requerirían para ser efectivas modificar la legislación civil y fiscal así como establecer una cooperación estrecha entre la Agencia Tributaria y las comunidades autónomas.
Como con toda seguridad, en un primer momento aparecería un gran rechazo, sería
indispensable el acuerdo entre las dos principales fuerzas políticas y, muy
necesario, el del resto de partidos, sindicatos y patronales, poniendo el
acento en que las medidas son la única vía de mantener el sistema y suponen una
mejora sustancial respecto a la situación que existía antes de la Ley de
Dependencia.
El sistema está hoy en sus inicios y, en las actuales circunstancias, crear
unos cimientos sólidos en el apoyo a los que tienen un mayor nivel de
dependencia es la clave para que, en un segundo momento, pueda atenderse con
calidad y eficiencia a todas las personas dependientes. No lo desaprovechemos.
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Parece que ha llegado ese momento, y sería bueno ponernos manos a la obra, aprovechado la "crisis", pero sin explicar la mejora de la Ley de Dependencia como necesaria por la situación económica actual, sino por que le teoría de la normativa inicial está desbordada por la realidad; cuando la situación económica mejore, la situación de los dependientes en España seguirá pendiente de ser viable, o no ......., depende de nosotros
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